El ámbito de aplicación de esta propuesta será el que circunscribe a todo el municipio de Camargo. Por tanto, podrán adherirse a la iniciativa todos los establecimientos que, cumpliendo las condiciones de ser beneficiarios, se encuentren ubicados en Camargo.

Los requisitos para ser participante de la presente iniciativa son:

  • Ser un establecimiento cuyo domicilio social se encuentre en el municipio de Camargo, que a través del proceso de adhesión formalice su participación a través de los cauces establecidos.
  • El número de personas empleadas en el establecimiento participante no será superior a 12 trabajadores, excepto en los establecimientos de hostelería y restauración.
  • Los establecimientos deberán presentar un IAE obtenido en la fecha de inscripción
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  • Listado de IAE admitidos en la campaña:
  • 641: Comercio al por menor de Frutas, Verduras, Hortalizas y Tubérculos
  • 642: Comercio al por menor de Carnes y Despojos; de productos y derivados Cárnicos elaborados; de Huevos, Aves, Conejos de granja, Caza; y de productos derivados de los mismos
  • 643: Comercio al por menor de Pescados y otros productos de la Pesca y de la Acuicultura y de Caracoles.
  • 644: Comercio al por menor de Pan, Pastelería, Confitería y similares y de leches y Productos Lácteos.
  • Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases
  • 647: Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general. Únicamente el epígrafe 647.2: Comercio al por menor, de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas, en régimen de autoservicio o mixto, en establecimientos, cuya sala de ventas, tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados.
  • Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, piel y cuero
  • Comercio de Medicamentos, Productores de droguería y perfumería, productos de herboristería. (excepto 652.1 Farmacias)
  • Comercio de artículos para equipamientos del hogar y la construcción.
  • Comercio de vehículos, aeronaves, embarcaciones, accesorios y recambios, orientado principalmente a las tiendas de recambios de automóviles.
  • Comercio al por menos de bienes usados.
  • Comercio al por menor de instrumentos de música y recambios.
  • Otro comercio al por menor. En el epígrafe 659.6 Comercio menor, deportes, juguetes y armas, en caso de armas, sólo se admitirán las armas deportivas.
  • Servicios de Alimentación en Restaurantes
  • Servicios de Alimentación en Cafeterías
  • Servicios de Alimentación en Cafeterías, bares, con y sin comida.
  • 6 Cafeterías y bares en teatros y cines.
  • Cafés-bares en quioscos, cajones, barracas
  • Chocolaterías, heladerías y horchaterías
  • Hospedaje en Hoteles y Moteles
  • Hospedaje en Hostales y pensiones
  • Hospedaje en Fondas y casas de huéspedes
  • Hospedaje en aparta-hoteles.
  • Campamentos turísticos
  • Agencias de Viaje
  • 1 Museos y Bibliotecas
  • Lavanderías, Tintorerías
  • Salones de peluquería y Belleza
  • 1. Servicios fotográficos
  • Servicios de enmarcación, (tiendas de marquetería y enmarcación de cuadros , etc)

Exclusiones:

No se admitirán el canje de BONOS en compras de tabaco y combustible.

 

Requisitos técnicos:

Los requisitos técnicos indispensables para la adhesión a la campaña por parte de los establecimientos es la posesión de un teléfono móvil con conexión 4G u ordenador conectado a la red WiFi o internet ADSL.